Entrega de boletines de calificaciones al alumnado de 2º Bachillerato [Actualizado]


Se informa al alumnado de 2º Bachillerato que la entrega de boletines de calificaciones correspondientes a la evaluación ordinaria se realizará el día 24 de mayo a las 17:30 horas en el Salón de Actos del centro.

Una vez entregadas las notas, se informará al alumnado de todos los trámites relativos a la solicitud del título de Bachiller y a la inscripción en las Pruebas de Acceso a la Universidad y Pruebas de Admisión (PEvAU-PA).

IMPORTANTE: Los alumnos y alumnas podrán solicitar al profesorado responsable de las distintas materias aclaraciones acerca de la información que reciban sobre su proceso de aprendizaje y las evaluaciones que se realicen, así como sobre las calificaciones o decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso. Se establece el periodo para solicitar aclaraciones de las distintas materias el comprendido entre las 09:00 horas del 22 de mayo a las 09:00 horas del 24 de mayo de 2024. La solicitud de aclaraciones se realizará presentando instancia en la administración del centro. 

Así mismo, tal y como establece el artículo 29 de la Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el caso de que, a la finalización de cada curso, una vez recibidas las aclaraciones pertinentes, exista desacuerdo con la calificación final obtenida en una materia o con la decisión de promoción y titulación adoptada, el alumno o la alumna o, en su caso, los padres, madres o personas que ejerzan su tutela legal podrán solicitar la revisión de dicha calificación o decisión.

La solicitud de revisión deberá formularse por escrito y presentarse en la administración del centro en el plazo de dos días hábiles a partir de la fecha de publicación de la calificación final o de la decisión de promoción o titulación. Para ello, se presentará instancia dirigida a la dirección del centro que contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con dicha calificación o con la decisión adoptada.

Por otro lado, la disposición final primera del Decreto Ley 6/2023 de 11 de julio, modifica el apartado 9 del artículo 7 del Decreto 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes a excepción de los universitarios y establece que: 

«9. En el segundo curso de bachillerato, a partir del día 25 de mayo y hasta el día 22 de junio, los centros docentes continuarán su actividad lectiva en estas enseñanzas, organizando las siguientes actividades:

a) Actividades de recuperación, de asistencia obligatoria, para el alumnado que haya obtenido evaluación negativa en alguna materia, con el objeto de preparar el proceso de evaluación extraordinaria, salvo que sus padres, madres o personas que ejerzan la tutela, o ellos mismos en el caso de que sean mayores de edad, manifiesten por escrito su renuncia a la asistencia a dichas actividades.

b) Actividades, de asistencia voluntaria, encaminadas a la preparación para el acceso a las enseñanzas que constituyen la educación superior para el alumnado que ha obtenido el título de bachiller.»